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Donaciones en vida y legítima: ¿qué ocurre si un hijo recibe más que otro?

En muchas familias es habitual que los padres, en vida, ayuden a sus hijos mediante una donación: la entrada para una vivienda, un apoyo económico en momentos de dificultad o incluso la transmisión de un inmueble familiar. Sin embargo, este tipo de decisiones pueden generar conflictos posteriores, sobre todo cuando esas donaciones afectan a la legítima de otros herederos forzosos.

En Confyr Abogados te explicamos qué implicaciones tiene este tipo de actos, qué dicen los tribunales y cómo se pueden evitar problemas entre hermanos en el futuro.

¿Qué es la legítima y por qué es tan importante?

La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos (los llamados herederos forzosos, normalmente los hijos). En España, la herencia se divide en tres tercios:

  • Tercio de legítima estricta: se reparte a partes iguales entre los hijos.
  • Tercio de mejora: también destinado a los descendientes, pero el testador puede repartirlo como considere entre ellos.
  • Tercio de libre disposición: de uso completamente libre para el testador, que puede dejarlo a quien quiera.

Esto significa que, aunque se hagan donaciones en vida, nunca se puede privar a los legitimarios de lo que les corresponde por ley.

Donaciones con padres en situación de vulnerabilidad

Los tribunales han analizado numerosos casos en los que los progenitores, ya con un deterioro cognitivo o en situación de dependencia, realizaron donaciones a favor de un hijo.
En estos supuestos, la jurisprudencia recuerda que la capacidad se presume, pero si se acredita con informes médicos que el donante no entendía el alcance del acto, la donación puede declararse nula.

Así ocurrió en un caso de la Audiencia Provincial de Barcelona: unos padres, ingresados en una residencia y con deterioro cognitivo, donaron la vivienda familiar a uno de sus hijos. Este vendió la casa por más de 200.000 euros. La hermana recurrió la operación y los jueces concluyeron que la donación no era válida, obligando a reintegrar el dinero al patrimonio hereditario.

La postura del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo también se ha pronunciado en varias ocasiones sobre las donaciones en vida. En una sentencia reciente, anuló una resolución de la Audiencia de Albacete al entender que los bienes donados en vida deben tenerse en cuenta al calcular la legítima, evitando que un heredero quede perjudicado frente a otros.

La doctrina es clara: una donación en vida no puede usarse como vía encubierta para alterar la legítima.

¿Y si se dona con la intención de excluir a otro hijo?

No es lo mismo donar para ayudar a un hijo que hacerlo con la intención de privar a otro de su herencia. En este último caso estaríamos ante un intento encubierto de desheredación, que solo puede producirse por causas muy concretas y previstas en el Código Civil, y siempre mediante testamento notarial.

Si se demuestra que la finalidad de la donación fue perjudicar a un legitimario, esa donación será colacionable, es decir, deberá incorporarse a la herencia para que todos reciban lo que les corresponde.

Implicaciones fiscales de las donaciones

No hay que olvidar que las donaciones tienen un coste fiscal.

  • Están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuya normativa y bonificaciones varían según la comunidad autónoma.
  • Además, pueden generar consecuencias en el IRPF del donante si el bien donado ha generado plusvalías.

Por ello, antes de realizar una donación es imprescindible un buen asesoramiento legal y fiscal para evitar sorpresas.

Conclusión: la importancia de planificar bien

Las donaciones en vida son una herramienta útil para ayudar a los hijos, pero deben hacerse con precaución. Un paso en falso puede derivar en largos procesos judiciales entre hermanos y en la nulidad de la operación.

En Confyr Abogados contamos con un equipo especializado en derecho de sucesiones y herencias que puede orientarte en cada paso:

  • Cómo donar respetando la legítima.
  • Qué efectos tendrá en el futuro reparto de la herencia.
  • Qué implicaciones fiscales debes tener en cuenta.

Confía en profesionales. Planifica hoy para evitar conflictos mañana.