Inicio de la Campaña de la Renta 2023-2024
Plazos para la realización de la Declaración de la Renta
Desde el 19 de marzo, los contribuyentes pueden descargar sus datos fiscales desde la página web de la Agencia Tributaria, accediendo con certificado digital, DNIe, cl@ve, u obteniendo previamente un número de referencia.
A partir del 3 de abril se pondrá a disposición de todos los contribuyentes el borrador de su declaración de la renta, permitiendo desde ese momento la presentación formal de modo telemático.
Desde esa fecha se inicia un calendario que finalizará el 1 de julio, último día de la campaña de la Renta 2023 -2024.
A continuación indicamos las fechas más destacadas:
- Desde el 3 de abril, los contribuyentes podrán acceder a su borrador y presentar la declaración tanto a través del programa Renta Web como desde la aplicación móvil de la AEAT.
- A partir del 7 de mayo será posible presentar la declaración de forma telefónica. Será necesario pedir cita previa entre el 29 de abril y el 28 de junio.
- El 3 de junio se inicia el plazo para realizar la presentación de manera presencial en una de las oficinas de la AEAT. También en este caso, será necesaria una cita previa, la cual puede solicitarse entre el 29 de mayo y el 28 de junio.
- El 26 de junio termina el plazo para presentar la declaración por internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta. También es el último día para solicitar cita previa en caso de que se quiera realizar la declaración por teléfono o de forma presencial.
- El 1 de julio será el último día para la presentación del resto de declaraciones.
En todos los casos, la declaración del IRPF se tiene que presentar por medios electrónicos.
El pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se produce a año vencido, por lo que la campaña que se abona en 2024 tomará como referencia los ingresos obtenidos por los contribuyentes en 2023, ya sean rendimientos del trabajo, rendimientos del capital o de actividades económicas, entre otros. La Agencia Tributaria tiene en cuenta el volumen de renta, la situación familiar y personal del contribuyente o el número de pagadores, entre otras cuestiones.
Declaración de la Renta: no aceptes el borrador sin antes revisarlo
Es importante asesorarse acerca de la obligación o la conveniencia de presentar la autoliquidación, así como sobre las deducciones que pueden incluirse. En el equipo de Confyr Abogados,en Ourense, contamos con abogados especialistas en Derecho Tributario y Fiscal; te recomendamos ponerte en contacto con ellos y asesorarte, antes de aceptar el borrador de tu Declaración de la Renta.