Obligación de intentar un acuerdo antes del juicio

Obligación de intentar un acuerdo antes del juicio

Desde abril de 2025, la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia ha introducido un cambio muy relevante: en la mayoría de los procedimientos civiles y mercantiles es obligatorio intentar llegar a un acuerdo antes de ir a juicio.

En Confyr Abogados, en Ourense, te explicamos de forma sencilla qué significa esto, en qué casos aplica y cómo te afecta si tienes un conflicto legal.


¿Qué implica esta obligación?

La norma establece que, antes de presentar una demanda, debes recurrir a un medio adecuado de solución de controversias. Esto incluye:

  • Mediación (regulada por la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles).
  • Conciliación ante notario, letrado de la Administración de Justicia o juez de paz.
  • Oferta vinculante confidencial.
  • Designación de un experto independiente por las partes.
  • Proceso colaborativo con abogados acreditados.
  • Otros medios equivalentes que permitan un intento real de solución.

El objetivo es agilizar la justicia, reducir la saturación de los tribunales y evitar pleitos innecesarios.


¿En qué casos no es obligatorio?

Hay excepciones importantes. No se exige este intento de acuerdo previo en:

  • Asuntos laborales, penales o concursales.
  • Procedimientos en los que una parte sea una entidad del sector público.
  • Conflictos sobre materias indisponibles (por ejemplo, algunos derechos fundamentales).
  • Determinadas materias civiles como:
    • Prestaciones de alimentos.
    • Procesos de filiación, paternidad y maternidad.
    • Protección de menores.
    • Tutela sumaria frente a demoliciones.
    • Juicio cambiario.
    • Expedientes de jurisdicción voluntaria.

¿Cómo se acredita el intento de acuerdo?

Cuando presentes la demanda, deberás acompañar un documento que pruebe que has intentado negociar. Este puede ser:

  • Un documento firmado por las partes, indicando datos de identificación, fechas, reuniones celebradas y declaración de buena fe.
  • Un certificado emitido por el mediador, conciliador o profesional que haya intervenido, indicando si la otra parte participó o no.
  • Si se alcanza un acuerdo, puede formalizarse en escritura pública o solicitar su homologación judicial.

Importante: si la otra parte no quiere participar o no acude, igualmente se considera cumplido el requisito, siempre que quede constancia documental.


¿Por qué se ha implementado esta medida?

Porque en España muchos procedimientos judiciales acaban en acuerdo una vez iniciados. El legislador quiere que ese paso se dé antes, ahorrando tiempo, costes y evitando la sobrecarga de los juzgados.


¿Cómo puede ayudarte Confyr Abogados?

En Confyr Abogados podemos:

  • Analizar tu caso y determinar si es obligatorio el intento de acuerdo.
  • Elegir contigo el mecanismo más adecuado para tus intereses.
  • Representarte y negociar en tu nombre.
  • Dejar constancia documental del proceso para cumplir la ley.
  • Preparar la demanda si no es posible llegar a un acuerdo y hay que acudir a juicio.

En Ourense, ponemos nuestra experiencia a tu disposición para que este nuevo requisito no se convierta en un obstáculo, sino en una oportunidad para resolver tu conflicto de forma más rápida y eficaz.